Mucho se ha dicho y escrito sobre la famosa “Reforma Local” desde que el gobierno lanzó la bomba-racimo allá por abril. También se han publicado dos informes al respecto, uno del Consejo del Trabajo Social y el otro de “los directores sociales".
Belén Navarro en Trabajo Social y Tal, hace un refrito de ambos informes explicando en román paladino de qué va esta película de la reforma local y trantando de trasladarnos el panicazo que siente ante la que se nos avecina..
Muchos párrafos serán un "corta-pega" del informe de los Gerentes "el valor de la proximidad". Vale la pena.
1. Los antecedentes: el Art. 135 de la Constitución Española
La nefasta modificación de este artículo, de la que habrás oído hablar, fue lo que se llamó en su día la reforma constitucional exprés, pactada entre PSOE y PP al final de la segunda legislatura de Zapatero. Esta modificación lo que viene a decir es que el principio rector de las administraciones públicas es la estabilidad presupuestaria, no la atención a la ciudadanía ni otras mamandurrias. Lo del famoso techo del déficit; en resumen, que lo importante es no gastar un duro aunque la gente se nos muera de hambre y desatención. A partir de aquí la tijera está constitucionalmente legitimada. Y esto, en un contexto socioeconómico de emergencia social. Es lo mismo que echar gasolina en un incendio.
2. El mazazo al municipalismo
También habrás escuchado, sobre todo a "los gerentes" decir que esta reforma es un mazazo al municipalismo ¿por qué? Porque esta reforma modifica la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local (Ley 7/85) dejando a los municipios casi sin ninguna competencia. Ellos te lo van a explicar:
La reforma de la Ley parte del retorcimiento perverso del concepto, es decir, que precisamente por estar más cercanos a los ciudadanos, los municipios, las entidades locales, son más proclives a facilitarles servicios y, por lo mismo, mas inclinados a medir sus acciones en función de la rentabilidad social, de la eficiencia social que es la que se ve en la cara de los ciudadanos y no, exclusivamente en el equilibrio financiero que es el que se prioriza perfectamente y sin ningún tipo de remordimiento desde la “objetividad” y “lejanía eficiente” de los despachos en la capital de la Provincia o de la Región (...)
Con esta reforma, los servicios municipales en el medio rural, quedan reducidos a aquellos que permitan abundar en la segregación de ese mundo: te garantizo el suministro de agua y la recogida de basuras y la urbanización de la calle pero no los servicios más sociales los que te fijan y te unen más al territorio, ni la escuela, ni la guardería, ni la ayuda a domicilio, ni la pequeña residencia para mayores, ni la atención a los discapacitados, todo eso… a la ciudad o núcleo urbano grande más próximo. Se trata de facilitar que se siga utilizando el medio rural o para vivir autoexcluido o para, como ciudadano de segunda, vivir en una permanente extrañación del sentimiento de pertenencia.
Por otro lado, como consecuencia aún más perversa si cabe, la concentración de la población en los ámbitos urbanos, lejos de mejorar su nivel de integración social acaba provocando una suerte de miseria urbana de nuevo cuño que la crisis está multiplicando por capilaridad social y que, desposeída de la red de apoyos que ha caracterizado siempre al medio rural, no hace sino incrementar exponencialmente la marginación y la congestión y desbordamiento de los servicios urbanos ya de por sí, cada vez más recortados e insuficientes. La reforma de la Ley elimina de un plumazo la posibilidad, no solo la competencia, sino la posibilidad de que, los vecinos de un municipio, puedan decidir organizar unos servicios sociales básicos de proximidad en virtud de su decisión de permanecer en el medio rural como elección del tipo de vida que quieren llevar.
3. Reparto de competencias:
Como ha quedado patente anteriormente, los municipios sufren un mazazo mortal en cuanto a sus competencias. Aquí podríamos pensar (como me ocurrió a mí, tan cándida): "bueno, pero si se las quedan las diputaciones, pues ni tan mal porque al final los servicios se siguen prestando". Error. Las Diputaciones prestarán esos servicios pero (y cito textualmente) "(...) a coste estándar. Este acuerdo (entre municipios pequeños y diputaciones) incluirá un plan de redimensionamiento para adecuar las estructuras organizativas, en su caso, de personal y de recursos, resultados de la nueva situación (...) ¿A qué te suena? Obviamente a privatización, sumada a un importante recorte en materia de competencias, como explicaré en un momento cuando llegue al caso concreto de los servicios sociales. Sigo citando:
Por otro lado, es importante señalar (no hacerlo supone una tremenda injusticia con la multitud de gestores de lo local que se han esforzado y se esfuerzan en hacer su trabajo de forma razonable y desde la justicia social) cómo la supuesta duplicidad y solapamiento de servicios con las que se quieren justificar semejantes atentados, no es sino una coartada más, exagerada por el ruido neoliberal que, allá donde se haya producido, se podrá corregir pero que, en absoluto puede servir para, escudándose en ella, convirtiendo en verdad una mentira a base de repetirla, cercenar multitud de servicios de proximidad que se vienen prestando en perfecta distribución competencial y a unos costes muy razonables. Costes que, dicho sea de paso, comparados con los de nuestros vecinos europeos del norte, darían risa si no fueran más merecedores de indignación.En efecto, en la mayor parte de los casos el principio “una competencia, una administración”, ha sido cumplido en la práctica.
4. ¿Y los servicios sociales?:
Lo mejor lo he dejado para el final, como las mascletás a las que me llevan mis primos los valencianos. En primer lugar, la reforma manda a tomar viento al Plan Concertado: el estado ya no pone un duro. ¿Y la ley nacional de servicios sociales?: Amparo, no fumes más porros. Quicir que la competencia enterica para las CC.AA., que ya sabemos todos lo boyantes que están y el interés que tienen por asumir más competencias sin financiación, porque, ¿de dónde va a salir la financiación? Yo no lo sé.
La cosa quedaría así (vuelvo a copiar a los gerentes):
La reforma de la Ley planteada por el Gobierno reduce la competencia municipal en materia de intervención social a la “valoración evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social”. Es decir: los Servicios Sociales son competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas. Algo que explica las actuaciones en la eliminación del Plan Concertado de Servicios Sociales. Ya no se entiende que sea una actuación compartida por las diferentes Administraciones.
Los Ayuntamientos quedan absolutamente privados de intervención en materia de Servicios Sociales, convirtiendo en su obligación, y sólo para los de más de 20.000 habitantes, esa confusa competencia. Algo que podría interpretarse como una mera oficina de derivación de casos y en todo caso de gestora de alguna ayuda de urgencia o de los albergues municipales en su concepto más limitativo de puro asistencialismo a corto plazo (“atención inmediata”), ya ampliamente superado en la práctica de la mayor parte de los municipios españoles. Para los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes esta competencia quedaría en manos de las Diputaciones Provinciales.
Nada de prevención de la exclusión, nada de intervención comunitaria. Es decir la desnaturalización de la atención primaria de cualquier sistema. El resto de las competencias serían propias de las CC.AA. pudiendo ser delegadas expresamente y únicamente a los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes.
Estas disposiciones suponen la degradación definitiva del Sistema de los Servicios Sociales. Sobre todo, porque eliminan, en la práctica, la organización del nivel funcional de atención primaria o comunitaria, lleva a todos los servicios especializados a la dependencia de las CC.AA. y a buena parte de las estructuras de atención primaria, allí donde no lo fueran.
Y para ir terminado, por si todavía no tienes los pelos de gallina y la carne de punta, te pego parte de la Disposición transitoria undécima del anteproyecto:
Disposición transitoria undécima. Asunción por las Comunidades Autónomas de las competencias relativas a servicios sociales.
1. Tras la entrada en vigor de esta Ley, la titularidad de las competencias que se preveían como propias del Municipio relativas a la prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social, corresponde a las Comunidades Autónomas, que podrán establecer a partir de ese momento las medidas que consideren necesarias para la racionalización del servicio.
2. En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley, y previa elaboración de un plan para la evaluación, reestructuración e implantación de los servicios, las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus competencias, habrán de asumir la cobertura inmediata de dicha prestación. La evaluación de las competencias relativas a servicios sociales ejercidas por los Municipios, deberá realizarse mediante una valoración que tome como referencia el coste estándar de los servicios.
No sé si habré sido capaz de trasladarte el panicazo que yo siento ante la que se nos avecina. He oído a algunas personas decir sobre nosotros, los profesionales: "a éstos solo les preocupa quedarse sin trabajo". Al margen del daño evidente que esta reforma supone para la ciudadanía, especialmente en el ámbito rural, mira, pues sí, no me apasiona que me echen a la calle, soy así de rara. Pero antes de esta contrarreforma muchos profesionales de lo social ya teníamos las tripas negras y nos estábamos movilizando por los diferentes atentados cometidos contra los derechos sociales, y entonces no peligraba la vida del artista, ¡coñe!