Por Charlotte MATHIVET
Como
contrapropuesta a este fenómeno, Lefebvre construye una propuesta
política que parte de la ciudad para reivindicar la posibilidad que la
gente volviera a ser dueña de la ciudad. Frente a los efectos causados
por el neoliberalismo, como la privatización de los espacios urbanos, el
uso mercantil de la ciudad, la predominancia de industrias y espacios
mercantiles, se propone una nueva perspectiva política denominada
derecho a la ciudad.
La ciudad fue tomada por los intereses del capital y así dejó de pertenecer a la gente, por lo tanto Lefebvre aboga a través del derecho a la ciudad por “rescatar el hombre como elemento principal, protagonista de la ciudad que él mismo ha construido”. El derecho a la ciudad es entonces restaurar el sentido de ciudad, instaurar la posibilidad del “buen vivir” para todos, y hacer de la ciudad “el escenario de encuentro para la construcción de la vida colectiva”
La ciudad fue tomada por los intereses del capital y así dejó de pertenecer a la gente, por lo tanto Lefebvre aboga a través del derecho a la ciudad por “rescatar el hombre como elemento principal, protagonista de la ciudad que él mismo ha construido”. El derecho a la ciudad es entonces restaurar el sentido de ciudad, instaurar la posibilidad del “buen vivir” para todos, y hacer de la ciudad “el escenario de encuentro para la construcción de la vida colectiva”
Asimismo,
la vida colectiva se puede construir sobre la base de la idea de la
ciudad como producto cultural, colectivo y, en consecuencia, político.
La ciudad, como lo analiza Jordi Borja, es un espacio político, donde es
posible la expresión de voluntades colectivas, es espacio para la
solidaridad, pero también para el conflicto. El derecho a la ciudad es
la posibilidad de construir una ciudad en la que se pueda vivir
dignamente, reconocerse como parte de ella, y donde se posibilite la
distribución equitativa de diferentes tipos de recursos: trabajo, de
salud, de educación, de vivienda, recursos simbólicos: participación,
acceso a la información, etc.
El
derecho a la ciudad es “el derecho de toda persona a crear ciudades que
respondan a las necesidades humanas. Todo el mundo debería tener los
mismos derechos para construir los diferentes tipos de ciudades que
queremos. El derecho a la ciudad como lo afirma David Harvey, no es
simplemente el derecho a lo que ya está en la ciudad, sino el derecho a
transformar la ciudad en algo radicalmente distinto”.
La
reivindicación de la posibilidad necesaria de crear otra ciudad, se
basa en los derechos humanos, y más precisamente en los Derechos
Económicos, Sociales y Culturales (DESC). El fenómeno de la ciudad está
analizado y pensado a través de los conceptos de ciudadanía y espacio
público con una visión integral e interdependiente de los derechos
humanos para lograr la meta de recuperar la ciudad para todos sus
habitantes. Sin embargo, es importante aclarar que el derecho a la
ciudad no es un derecho más, es el derecho a hacer cumplir los derechos
que ya existen formalmente. Por eso el derecho a la ciudad se basa en
una dinámica de proceso y de conquista, en el cual los movimientos
sociales son el motor para lograr el cumplimiento del derecho a la
ciudad.
La Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad
Un
paso fundamental en la construcción del derecho a la ciudad ha sido la
elaboración de la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad articulada
por Habitat International Coalition (HIC).
Un
conjunto de movimientos populares, organizaciones no gubernamentales,
asociaciones profesionales, foros y redes nacionales e internacionales
de la sociedad civil, comprometidas con las luchas sociales por ciudades
justas, democráticas, humanas y sustentables, construyeron una Carta
Mundial por el Derecho a la Ciudad que busca recoger los compromisos y
medidas que deben ser asumidos por la sociedad civil, los gobiernos
locales y nacionales, parlamentarios y organismos internacionales para
que todas las personas vivan con dignidad en las ciudades.
El
proceso que dio pie a esta iniciativa se inició dentro de las
actividades preparatorias de la II Conferencia Mundial de Naciones
Unidas sobre Medio Ambiente que bajo el título « Cumbre de la Tierra” se
realizó en Río de Janeiro, Brasil, en 1992. El Foro Nacional por la
Reforma Urbana (FNRU) de Brasil, la Coalición Internacional para el
Hábitat (HIC) y el Frente Continental de Organizaciones Comunales (FCOC)
conjuntaron esfuerzos para redactar y suscribir en esa ocasión el
Tratado sobre Urbanización “Por ciudades, villas y poblados justos,
democráticos y sustentables”.
Como parte del proceso preparatorio de la Cumbre de la Tierra, HIC organizó ese mismo año, en Túnez, el Foro Internacional sobre Medio Ambiente, Pobreza y Derecho a la Ciudad en el que, por primera vez, miembros de nuestra Coalición provenientes de diversas regiones del mundo debatieron sobre el tema. Unos años más tarde, en octubre de 1995, varios miembros de HIC participamos en el encuentro “Hacia la Ciudad de la Solidaridad y la Ciudadanía” convocado por UNESCO.
Este encuentro abrió de hecho la participación de este organismo en el tema de los derechos urbanos. Ese mismo año las organizaciones brasileñas promovían la Carta de Derechos Humanos en la Ciudad, antecedente civil del Estatuto de la Ciudad que promulgaría años más tarde el gobierno de Brasil (Ver Foro Nacional de Reforma Urbana, FNRU: Articulando la sociedad civil en Brasil. Otro hito importante en el camino que condujo hacia la iniciativa de formular una Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad lo constituyó la Primera Asamblea Mundial de Pobladores, realizada en México en el año 2000, en la que participaron alrededor de 300 delegados de organizaciones y movimientos sociales de 35 países.
Como parte del proceso preparatorio de la Cumbre de la Tierra, HIC organizó ese mismo año, en Túnez, el Foro Internacional sobre Medio Ambiente, Pobreza y Derecho a la Ciudad en el que, por primera vez, miembros de nuestra Coalición provenientes de diversas regiones del mundo debatieron sobre el tema. Unos años más tarde, en octubre de 1995, varios miembros de HIC participamos en el encuentro “Hacia la Ciudad de la Solidaridad y la Ciudadanía” convocado por UNESCO.
Este encuentro abrió de hecho la participación de este organismo en el tema de los derechos urbanos. Ese mismo año las organizaciones brasileñas promovían la Carta de Derechos Humanos en la Ciudad, antecedente civil del Estatuto de la Ciudad que promulgaría años más tarde el gobierno de Brasil (Ver Foro Nacional de Reforma Urbana, FNRU: Articulando la sociedad civil en Brasil. Otro hito importante en el camino que condujo hacia la iniciativa de formular una Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad lo constituyó la Primera Asamblea Mundial de Pobladores, realizada en México en el año 2000, en la que participaron alrededor de 300 delegados de organizaciones y movimientos sociales de 35 países.
Bajo el lema “repensando la ciudad desde la gente”, se debatió en torno a la concepción de un ideal colectivo que diera base a propuestas orientadas a la construcción de ciudades democráticas, incluyentes, educadoras, habitables, sustentables, productivas y seguras. Un año después, ya en el marco del Primer Foro Social Mundial, se abriría el proceso conducente a la formulación de la Carta. A partir de entonces, y en ocasión de los encuentros anuales del Foro Social Mundial y de los Foros Sociales regionales, se ha venido trabajando sobre los contenidos y las estrategias de difusión y promoción de la Carta.
En
forma paralela a estas iniciativas de la sociedad civil, algunos
gobiernos, tanto a nivel regional, como nacional y local, han venido
generando instrumentos jurídicos que buscan normar los derechos humanos
en el contexto urbano. Destacan, entre los más avanzados a nivel
internacional, la Carta Europea de Salvaguarda de los Derechos Humanos
en la Ciudad, firmada hasta ahora por más de 400 ciudades, el Estatuto
de la Ciudad de Brasil, decretado en julio de 2001; y, a escala local,
la Carta de Montreal, y la Carta de la ciudad de México por el derecho a
la ciudad. Cabe destacar también la inclusión reciente del derecho a la
ciudad en las constituciones de Ecuador (Ver Derecho a la vivienda y la ciudad en la nueva Constitución de Ecuador) y de Bolivia.
Las dimensiones y los componentes del derecho a la ciudad
El derecho a la ciudad es:
· el derecho a un hábitat que facilite el tejido de las relaciones sociales
· el derecho a sentirse parte de la ciudad (sentido de cohesión social y construcción colectiva)
· el derecho a vivir dignamente en la ciudad
· el derecho a la convivencia
· el derecho al gobierno de la ciudad
· el derecho a la igualdad de derechos
Según
la Carta Mundial del Derecho a la Ciudad, este nuevo derecho es un
derecho colectivo de los habitantes de las ciudades, en especial de los
grupos vulnerables y desfavorecidos, que les confiere legitimidad de
acción y de organización, basado en sus usos y costumbres, con el
objetivo de alcanzar el pleno ejercicio del derecho a la libre
autodeterminación y un nivel de vida adecuado. Se realiza el derecho a
la ciudad cuando hay:
· ejercicio pleno de la ciudadanía y gestión democrática de la ciudad
· función social de la ciudad y de la propiedad urbana
· igualdad, no discriminación
· protección especial de grupos y personas en situación de vulnerabilidad
· compromiso social del sector privado
· impulso de la economía solidaria y políticas impositivas progresivas
· planificación y gestión social de la ciudad
· producción social del hábitat
· desarrollo urbano equitativo y sustentable
· derecho a la información pública
· libertad e integridad
· participación política
· derecho a la justicia
· derecho a la seguridad pública y a la convivencia pacífica, solidaria y multicultural
· derecho al agua, al acceso y suministro de servicios públicos domiciliarios y urbanos
· derecho al transporte público y la movilidad urbana
· derecho a la vivienda
· derecho al trabajo
· derecho a un medio ambiente sano y sostenible
En resumen, la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad basa su propuesta en tres ejes fundamentales:
· el
ejercicio pleno de la ciudadanía, es decir el ejercicio de todos los
derechos humanos que aseguran el bienestar colectivo de los habitantes y
la producción y gestión social del hábitat;
· la
gestión democrática de la ciudad, a través de la participación de la
sociedad de forma directa y participativa, en el planeamiento y gobierno
de las ciudades, fortaleciendo las administraciones públicas a escala
local, así como las organizaciones sociales;
· la
función social de la propiedad y de la ciudad, siendo predominante el
bien común sobre el derecho individual de propiedad, lo que implica el
uso socialmente justo y ambientalmente sustentable del espacio urbano.
Según Borja, el desarrollo y legitimación de los derechos ciudadanos dependerá de un triple proceso:
· Un proceso cultural, de hegemonía de los valores que están en la base de estos derechos y explicitación de los mismos;
· Un
proceso social, de movilización ciudadana para conseguir su
legalización y la creación de mecanismo y procedimientos que los hagan
efectivos;
· Un proceso político-institucional para formalizarlos, consolidarlos y desarrollar las políticas para hacerlos efectivos.
El
mismo autor afirma que los actores principales de este proceso no son
las estructuras políticas tradicionales del estado y los partidos
políticos, sino movimientos sociales. Así, el derecho a la ciudad es una
respuesta estratégica, un paradigma frente a la exclusión social y a la
segregación espacial generado por el neoliberalismo. Es una
reivindicación para que la gente vuelva a ser dueña de la ciudad y es un
escenario de encuentro para la construcción de la vida colectiva.
Las estrategias de conquista del derecho a la ciudad
Basándose
en la constatación de que actualmente se ha creado “ciudades sin
ciudadanos”, el derecho a la ciudad es la bandera de lucha para estos
mismos a quienes les han quitado el derecho a tener un espacio digno
para desarrollarse. El derecho a la ciudad contiene muchos derechos lo
que lo vuelve muy difícil de exigir e implementar, es entonces una
bandera de lucha para los movimientos sociales. Para conquistar el
derecho a la ciudad, es necesario primero difundir lo que es, activar
los procesos de movilización social e incidir en la formulación de
políticas públicas. Este proceso se ha desarrollado de manera amplia en
varios países de América Latina, sobre todo en Brasil, México y Ecuador.
Sin embargo, el derecho a la ciudad no es una propuesta que solamente
tuvo resonancia en esta región: tiene un carácter claramente global y
este dossier sobre derecho a la ciudad tiene como objetivo de difundir
las experiencias desarrolladas en distintos países del mundo de derecho a
la ciudad, para así demostrar que sí, otra ciudad es posible.
Eso
implica cambios estructurales profundos en los patrones de producción,
consumo y en las formas de apropiación del territorio y de los recursos
naturales. El derecho a la ciudad se refiere a la “búsqueda de
soluciones contra los efectos negativos de la globalización, la
privatización, la escasez de los recursos naturales, el aumento de la
pobreza mundial, la fragilidad ambiental y sus consecuencias para la
supervivencia de la humanidad y del planeta.” Tomando en cuenta la
crisis global que vivimos hoy día, y que presenta un carácter sobretodo
urbano (partiendo de la crisis del mercado inmobiliario en Estados
Unidos),
Harvey afirma que “si esta crisis es fundamentalmente una crisis de urbanización, entonces, la solución debería ser la urbanización, y ahí es donde la lucha por el derecho a la ciudad es fundamental, puesto que tenemos la oportunidad de hacer algo diferente”. Sí, existen alternativas al desarrollo urbano basado en la mercantilización, la privatización, el deterioro de los vínculos sociales, y el derecho a la ciudad es una herramienta, una propuesta para lograr la construcción de ciudades diferentes en donde todos puedan tener un lugar para vivir en dignidad.
Harvey afirma que “si esta crisis es fundamentalmente una crisis de urbanización, entonces, la solución debería ser la urbanización, y ahí es donde la lucha por el derecho a la ciudad es fundamental, puesto que tenemos la oportunidad de hacer algo diferente”. Sí, existen alternativas al desarrollo urbano basado en la mercantilización, la privatización, el deterioro de los vínculos sociales, y el derecho a la ciudad es una herramienta, una propuesta para lograr la construcción de ciudades diferentes en donde todos puedan tener un lugar para vivir en dignidad.
HIC
(Habitat International Coalition) - General Secretariat / Ana Sugranyes
Santiago Bueras 142, Of.22, Santiago, CHILI - Tel/fax: + 56-2-664 1393,
+ 56-2-664 9390 - Chile - www.hic-net.org/ - gs (@) hic-net.org
Fuente: Diálogos, propuestas y acciones por una ciudadanía mundial
http://www.d-p-h.info/index_es.html